1. El Presidente
El Presidente de la CCE es elegido cada cuatro años por la Asamblea General. Sus facultades son, entre otras, representar a la Confederación y realizar en su nombre toda clase de actuaciones, sin más limitaciones que las establecidas en los Estatutos; convocar las sesiones de la Asamblea General, de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo, presidirlas y dirigir sus debates; así como hacer cumplir los Estatutos y demás normas por las que se rige la Confederación. Para todo supuesto de ausencia funcional por razón de imposibilidad material, incapacidad, incompatibilidad u otra razón o circunstancia que le impidan ejercer el cargo, el Presidente será sustituido por los Vicepresidentes.
2. Asamblea General
La Confederación Canaria de Empresarios tiene en su Asamblea General el órgano supremo de consulta y decisión, sin más limitaciones que las impuestas por la Ley y por los Estatutos. Forman parte, como miembros natos de la misma, todas las confederaciones, federaciones, asociaciones de rama, asociaciones especiales, organizaciones asimiladas y empresas que, con plenitud de derechos políticos y económicos, la integran en el momento de su celebración.
Es de su competencia exclusiva reformar los Estatutos, aprobar los programas y planes de actuación de la Confederación que excedan de las atribuciones propias del Presidente o la Junta Directiva, y elegir al Presidente y a los vocales de la Junta Directiva.
Cada cuatrienio la Asamblea elige al Presidente y a la Junta Directiva que, a su vez, nombra a los miembros del Comité Ejecutivo.
3. Junta Directiva
A la Junta Directiva, como órgano representativo de la Asamblea General, le corresponde la decisión de todas las cuestiones que no sean competencia exclusiva de ésta, por lo que podrá llevar a cabo su cometido con capacidad de disposición, gestión y administración.
Forman parte de la Junta Directiva el Secretario General de la Confederación Canaria de Empresarios, los Secretarios Técnicos o cargos análogos de cada confederado y una representación de cada una de las entidades confederadas.
4. Comité Ejecutivo
El Comité Ejecutivo estará formado por el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario General, el Tesorero y un número de Directivos, a elegir por la Junta Directiva. Sus funciones serán las de asistir al Presidente en cuestiones de su exclusiva competencia cuando lo solicite, preparar planteamientos o resoluciones de la Junta Directiva de especial importancia o trascendencia o cuando razones de urgencia lo requieran, así como coadyuvar en la realización de acuerdos de naturaleza compleja.
Miembros del Comité Ejecutivo
- D. Pedro Ortega Rodríguez (Presidente)
- D. José Cristóbal García García (Vicepresidente Ejecutivo)
- D. Andrés Domínguez Pérez (Vicepresidente)
- Dña. María De La Salud Gil Romero (Vicepresidenta)
- D. Juan Ramírez Said (Vicepresidente)
- D. Virgilio Correa Suárez (Tesorero)
- D. José Antonio Newport Machín (Vicepresidente Fuerteventura)
- D. Francisco Martínez García (Vicepresidente Lanzarote)
- D. Germán Carlos Súarez Calvo
- D. Mario Rodríguez Rodríguez
- D. Rafael Álvarez-Ossorio González
- D. José Juan González Salmah
- D. José María Mañaricua Aristondo
- D. José Agustín Espino Flores
- D. José Juan Socas Álamo
- Dña. Patricia Jiménez Marcelo
- D. José Baltasar López Peñate
Miembros por Convenio
- D. Oliver Alonso Rohner
- D. Pedro Andueza Avero
- D. Luis Padrón López
- D. José Valle Martínez
- D. Juan Rodríguez Marichal
Invitados del Comité
- D. Juan Miguel Sanjuan Jover
- D. Francisco López Sánchez
- D. José Juan Ramos Pérez
- D. Rafael Pombriego Castañares
- D. Jorge Pettit Sánchez
- D. José Martínez Mpanga