Gestión de accidentes de trabajo

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La Prevención de Riesgos laborales tiene como uno de sus objetivos principales la reducción  del número de accidentes de trabajo.

En cierta manera se podría considerar cada accidente de trabajo que sufre un trabajador, como un fallo en el sistema, un error sobre un perfecto engranaje que no nos debemos poder permitir, y sobre el que tenemos que trabajar para que no se produzca. Pero, por unas causas u otras, a veces, este accidente se produce, y una vez que se ha garantizado la asistencia médica al trabajador, se han realizado las notificaciones oficiales y las consecuencias están siendo tratadas por la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social toca analizar lo sucedido.

Gestionar adecuadamente un accidente, consiste en aprovechar la información sobre ese fallo en el sistema para aprender sobre él, es decir, en convertir el accidente en una labor preventiva, analizando lo sucedido para tomar medidas encaminadas a evitar que pueda volver a producirse. Este análisis de lo sucedido es lo que comúnmente denominamos Investigación del Accidente. En este momento es muy importante entender que la investigación se tiene que enfocar en la búsqueda de soluciones y no para buscar culpables.

En el proceso de llevar a cabo la investigación del accidente, uno de los aspectos relevantes que tenemos que determinar es la correcta identificación de las causas que han ocasionado el mismo, reconocer lo que ha perturbado el desarrollo habitual del trabajo, o dicho de otra forma,  tenemos que explicar por qué unos determinados hechos llevaron a producir el accidente.

Los factores que pueden intervenir en un accidente de trabajo pueden ser de naturaleza muy variada y frecuentemente no es posible atribuir el motivo de que éste se produzca a una causa concreta, sino que es necesario profundizar en la investigación, relacionando varios factores que nos permitan explicar correctamente lo sucedido. Estas causas pueden estar relacionadas con factores humanos, actos o comportamientos inseguros, condiciones del puesto de trabajo, materiales, equipos de trabajo, sustancias químicas, organización del trabajo, etc.

La unión de todas estas causas detectadas en la investigación, será la que nos explique con fiabilidad los errores cometidos en la gestión de la Prevención en la empresa, y nos permita enfocar las medidas preventivas correctoras necesarias para garantizar un trabajo seguro que dificulte la posibilidad de que se produzcan nuevos accidentes en la empresa.

El accidente no deja de ser la culminación de uno o varios riesgos presentes en el lugar de trabajo. Recordemos que una de las principales actividades que se tienen que realizar en la prevención de riesgos laborales es la Evaluación de Riesgos. Con ella se pretende identificar los riesgos, establecer los factores que los provocan, valorar la probabilidad de que se produzca y la severidad de los daños ocasionados, para concluir en la aplicación de medidas preventivas concretas y eficaces para evitar la materialización en un accidente de estos riesgos laborales. Por lo que ante cualquier accidente es necesario revisar y comprobar dicha Evaluación de Riesgos.

Por ello, una vez que se ha producido un accidente y se han determinado correctamente las causas que han contribuido a éste, es necesario el estudio de las medidas preventivas correctoras encaminadas a eliminar los riesgos, o en su caso, a minimizarlos en la medida de lo  posible.  Asimismo, se tendrá que valorar los medios de control periódico de las condiciones de trabajo, tratando así de evitar la repetición del accidente.

Para la adecuada gestión de las medidas y en función de los resultados obtenidos, es necesario establecer un plan de acción para adoptar las medidas preventivas establecidas, designando responsable, plazo de ejecución y presupuesto.

Por último y para terminar de una forma correcta toda la gestión del accidente, sería conveniente analizar la eficacia de todo el proceso, comprobando la validez y vigencia de las medidas aportadas y por supuesto el cumplimiento del objetivo propuesto, que no puede ser otro que el que ese accidente no se repita.


Obligaciones y derechos del empresario en materia preventiva

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Por todos es sabido que sobre las espaldas de los empresarios recaen infinidad de responsabilidades que hacen que regentar una empresa no se limite a una mera cuestión comercial o productiva, sino que supone un importante esfuerzo en pro de dar cumplimiento a toda una serie de obligaciones legales e incluso morales, más allá del puro rendimiento empresarial.

Todas esas responsabilidades son las que llevan a pensar no sólo en el beneficio puro y duro, sino también en la calidad del producto o a la forma en que esos beneficios se obtienen. Cuestiones como la inversión a largo plazo o la estabilidad de la propia empresa atraen especialmente su interés. Esto implica que se preste atención a un factor esencial en el mundo empresarial como son los recursos humanos.

Dentro de este último ámbito se incluyen las responsabilidades en materia preventiva. Dichas responsabilidades pasan por evitar y controlar los posibles riesgos a los que sus trabajadores puedan estar expuestos, de la manera más eficaz posible, tal y como viene reflejado en el artículo 14 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en el que se abordan los derechos a la protección frente a los riesgos laborales. Para ello deberán dotar a sus trabajadores de los medios necesarios para realizar su trabajo de forma segura, como por ejemplo: el disponer de equipos de trabajo con marcado CE, equipos de protección individual cuando proceda, informar a todos los trabajadores de los riesgos a los que se exponen en su trabajo y formarlos en la manera de evitarlos, tanto para evitar accidentes como para evitar enfermedades.

Además, deberá procurar una vigilancia de la salud competente (art. 22 Ley 31/1995), es decir los conocidos como reconocimientos médicos laborales. Un error habitual cuando hablamos de vigilancia de la salud, es el considerar que consiste en la realización del citado reconocimiento para saber si el trabajador está sano o no. Por el contrario, el espíritu de la Prevención de Riesgos Laborales nos lleva a profundizar más en este aspecto ya que lo que se trata de determinar es si el trabajo está afectando a la salud del trabajador, para poder identificar los factores que supongan un riesgo y actuar en consecuencia, o si por circunstancias específicas su estado físico le puede impedir realizar determinados trabajos.

Llegados a este punto cabe recordar, como bien se expresa en el artículo 42 de la citada Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que “El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento”.

Por otra parte también debemos reseñar los derechos de los empresarios, los cuales derivan de las obligaciones de los trabajadores, tal y como marca el artículo 29 (Ley 31/1995),  que en el fondo se transforman en otras obligaciones para los empresarios como son las de: exigir a sus trabajadores el cumplimiento de las medidas de prevención establecidas, exigir el uso correcto de medios y equipos de protección, el uso correcto de máquinas, herramientas y materiales o exigir el empleo correcto de los dispositivos y elementos de seguridad. Igualmente importante es conseguir que los trabajadores transmitan la información inmediata sobre situaciones de riesgo, así como que presten su colaboración para garantizar unas condiciones laborales seguras.

Como conclusión señalar que el empresario en la actualidad debe considerarse un gestor de recursos, tanto a nivel económico como técnico y desde luego humano, entendiendo que a la hora de realizar esa gestión, la Prevención de Riesgos Laborales forma parte inherente a la misma, sin la cual la empresa se muestra incompleta.